Si están bien tus colaboradores, estás bien tú
Coberturas ambulatorias y hospitalarias de un 50%, más Upgrade Ambulatorio en IntegraMédica al 80% y opción de cobertura Dental.
Consultas médicas, exámenes, hospitalización, urgencia, maternidad, salud mental y más.
80% de cobertura en consultas, exámenes e imagenología dentro de la red IntegraMédica. Sin deducible y sin BMI.
Cobertura opcional para mejorar el acceso a salud bucal de tus colaboradores.
Deducible anual familiar (máx. 3 deducibles) · BMI Isapre/Fonasa: 50%
Tope máximo anual por asegurado: UF 350. Haz clic en cada categoría para ver el detalle.
| Prestación | % Reembolso | Tope por Evento | Tope Anual |
|---|---|---|---|
| Consulta Médica o Especialidad | 50% | UF 0,6 por consulta | UF 10 |
| Nutricionista | 50% | UF 0,5 por consulta | UF 10 |
| Exámenes de Laboratorio | 50% | Sin Tope | UF 10 |
| Exámenes de Imagenología y/o Scanner, RX, Ecografía | 50% | Sin Tope | UF 10 |
| Procedimientos Diagnóstico y Terapéuticos | 50% | Sin Tope | UF 10 |
| Exámenes Preventivos: Mamografías, Antígeno Prostático | 30% | UF 2 | Sin Tope |
| Cirugía Ambulatoria | 100% | Sin Tope | Sin Tope |
| Kinesiología | 80% | Sin Tope | UF 10 |
| Fonoaudiología | 80% | Sin Tope | UF 10 |
| Tipo de Medicamento | % Reembolso | Tope Evento | Tope Anual |
|---|---|---|---|
| Medicamentos de Marca | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Medicamentos Bioequivalentes de Marca | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Medicamentos Bioequivalentes Genéricos | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Medicamentos Genéricos | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
Convenio en línea con franquicia de $2.000 (CLP) por boleta. Tratándose de compras efectuadas en establecimientos distintos a la farmacia informada o que el convenio no haya aplicado en línea, los comprobantes deberán ser enviados a la Compañía para su evaluación y posterior reembolso si así corresponde. En ambos casos se aplicará el deducible estipulado en el condicionado particular.
Los medicamentos ambulatorios cubiertos serán sólo aquellos que el asegurado deba consumir durante el periodo de vigencia de la póliza, de acuerdo con la dosis prescrita por el médico tratante y en ningún caso la dosis a reembolsar podrá ser superior a treinta (30) días de tratamiento a partir de la fecha de compra de los medicamentos.
| Prestación | % Reembolso | Tope por Evento | Tope Anual |
|---|---|---|---|
| Día Cama Hasta el día 30 | 50% | UF 2,0 diarios | Sin Tope |
| Exceso Día Cama (desde día 31) | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Día Cama UTI UCI e Incubadora | 50% | UF 2,0 diarios | Sin Tope |
| Honorarios Médico Quirúrgicos | 50% | Sin Tope | UF 8 |
| Derecho a Pabellón | 50% | Sin Tope | UF 30 |
| Insumos y Materiales Clínicos | 50% | Sin Tope | UF 8 |
| Medicamentos Hospitalario | 50% | UF 10 | UF 2 |
| Exámenes de Laboratorio y Radiológicos | 50% | UF 10 | UF 15 |
| Procedimientos Diagnóstico y Terapéuticos | 50% | Sin Tope | UF 10 |
| Cirugía Bariátrica Carencia 36 meses | 50% | Sin Tope | UF 20 |
| Cirugía Septoplastía Carencia 36 meses | 50% | UF 15 | Sin Tope |
| Cirugía Maxilofacial por accidente Carencia 36 meses | 50% | UF 10 | Sin Tope |
| Cirugía Reducción Mamaria Carencia 36 meses | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Cirugía Reasignación de sexo Carencia 36 meses | 50% | UF 15 | Sin Tope |
Enfermera Profesional: sólo se otorgará en caso de Hospitalizaciones y debe ser prescrita por el médico tratante.
| Prestación | % Reembolso | Tope por Evento | Tope Anual |
|---|---|---|---|
| Parto Normal | 50% | UF 30 | Sin Tope |
| Cesárea | 50% | UF 30 | Sin Tope |
| Aborto no Voluntario | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Complicaciones del Embarazo | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
La cobertura de Maternidad es sólo para los Asegurados Titulares y Cónyuges, no aplica para las hijas. La cobertura es proporcional a la vigencia del seguro: si el embarazo dura 8 meses se cuenta por octavos y si dura 9 meses, por novenos.
| Prestación | % Reembolso | Tope por Evento | Tope Anual |
|---|---|---|---|
| Psicología / Psiquiatría, Psicopedagogía Ambulatorio | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Psicología / Psiquiatría Hospitalaria | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Prestación | % Reembolso | Tope por Evento | Tope Anual |
|---|---|---|---|
| Prótesis y Órtesis (No Dental) | 50% | UF 0,50 | Sin Tope |
| Prótesis de Alta Complejidad Cardíacas | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Aparatos Auditivos | 50% | UF 10 | Sin Tope |
| Óptica (Cristales, Marcos y Lentes de Contacto) | 50% | UF 15 | Sin Tope |
| Cirugía Ocular Laser | 50% | UF 5 | Sin Tope |
| Materiales de Vendas, Yeso, Plástico o Similares | 50% | UF 10 | Sin Tope |
| Trasplante, Gastos Donante Vivo | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Trasplante, Gastos Donante Post Mortem | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Traslado Ambulancia Terrestre (máx. 50 Km) | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Traslado Ambulancia Aérea o Marítima | 50% | UF 8 | Sin Tope |
| Home Care (Ambulatorio y Hospitalario) | 50% | UF 3,50 diarios | Sin Tope |
| Arriendo o Compra de Equipos Médicos Ambulatorios | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
| Coberturas GES/CAEC | 50% | Sin Tope | Sin Tope |
80% de cobertura · Sin deducible · Sin BMI · Red IntegraMédica
| Prestación | % Reembolso | Tope por Evento | Tope Anual |
|---|---|---|---|
| Consulta Médica o Especialidad | 80% | UF 0,6 por consulta | Sin Tope |
| Exámenes de Laboratorio | 80% | Sin deducible | Sin BMI |
| Exámenes de Imagenología y/o Scanner, RX, Ecografía | 80% | Sin deducible | Sin BMI |
| Procedimientos Diagnóstico y Terapéuticos | 80% | Sin deducible | Sin BMI |
| Exámenes Preventivos: Mamografías, Antígeno Prostático | 80% | Sin deducible | Sin BMI |
Prestaciones excluidas del Upgrade Ambulatorio: Consulta nutricionista, Kinesiología, Fonoaudiología, Salud mental, Medicamentos. Coberturas afectas al tope anual del plan de salud. No acumulable con beneficio One Bupa. De los gastos no bonificados por el sistema de salud previsional (Isapre/Fonasa) se considerarán como gastos efectivamente incurridos el 50% de éstos, además se exigirá timbre de no bonificable del sistema previsional.
Tope anual por asegurado: UF 15. Deducible familiar igual al del plan de salud.
| Categoría | Prestaciones cubiertas | % Reembolso |
|---|---|---|
| Dental Básica | Radiología Intraoral | 50% |
| Higienización, Limpieza y General | 50% | |
| Endodoncia | 50% | |
| Odontopediatría | 50% | |
| Dental Especialidad | Operatoria Dental Sin Laboratorio | 50% |
| Cirugía Bucal Simple | 50% | |
| Radiología Oral | 50% | |
| Operatoria Dental Completa | 50% | |
| Periodoncia | 50% | |
| Cirugía Bucal Completa | 50% | |
| Prótesis Fijas Carencia 6 meses | 50% | |
| Prótesis Removibles Carencia 6 meses | 50% | |
| Ortodoncia | Implantes Dentales Carencia 6 meses | 50% |
| Ortodoncia Carencia 6 meses | 50% | |
| Medicamentos * | Antibióticos, antiinflamatorios, analgésicos y relajantes musculares recetados por el cirujano-dentista para tratamiento dental | 50% |
(*) Incluye antibióticos, antiinflamatorios, analgésicos y relajantes musculares, recetados por el cirujano-dentista exclusivamente para el tratamiento dental. (**) Carencia 6 meses. Se considerará para efectos de reembolso como monto efectivamente incurrido, el menor valor entre el valor de la prestación presentado en la boleta y el valor del Arancel Bupa.
Si el aporte del Sistema de Salud Previsional es menor al 50%, el reembolso de la Compañía será sobre el 50% del costo directo de la prestación.
| Prestación | Costo Prestación | Aporte Isapre/Fonasa | % Aporte | Copago Asegurado | Base Seguro para Reembolso | Reembolso Real Según Plan (50%) | Copago Final del Asegurado |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Consulta Médica | $50.000 | $15.000 | 30% | $35.000 | $25.000 | $12.500 | $22.500 |
| Aplica efecto COPAGO MÍNIMO | |||||||
| Consulta Médica | $50.000 | $30.000 | 60% | $20.000 | $20.000 | $10.000 | $10.000 |
| Integrante | Edad máx. de ingreso | Edad máx. de permanencia |
|---|---|---|
| Titular | 69 años | 75 años |
| Cónyuge o Conviviente Civil o no Civil con o sin hijos en común | 69 años | 75 años |
| Cargas Duplo (**) | 69 años | 75 años |
| Hijos del Asegurado (*) — Titular y/o de la Cónyuge o Conviviente, sean o no hijos del Asegurado Titular | 69 años | 75 años |
(*) Encontrándose la madre cubierta por el seguro (como titular o carga) y estando vigente la póliza, los hijos podrán incorporarse desde su fecha de nacimiento. Si la madre no cumple con los requisitos indicados, sólo podrán incorporarse al seguro transcurridos 14 días desde la fecha de nacimiento, previa evaluación y aceptación de parte de la Compañía aseguradora. (**) Cargas duplo: hijos con discapacidad determinada por una Caja de Compensación y que sean carga legal del Asegurado titular, Cónyuge o Pareja. Estas cargas NO tendrán cobertura en Extensión Catastrófica. Para la incorporación será requisito presentar un certificado extendido por una caja de compensación que acredite la condición DUPLO.
| Integrante | Edad máx. de ingreso | Edad máx. de permanencia |
|---|---|---|
| Titular | 64 años | 65 años |
| Cónyuge o Conviviente Civil o no Civil con o sin hijos en común | 64 años | 65 años |
| Cargas Duplo (**) | 64 años | 65 años |
| Hijos del Asegurado (*) — Titular y/o de la Cónyuge o Conviviente, sean o no hijos del Asegurado Titular | 23 años | 24 años |
Contributoriedad: se exige un mínimo de 50% de pago de la prima por parte de la empresa contratante.
Cobranza Anticipada. Medios de pago habilitados: 1) Cargo a tarjeta de Crédito (PAT). 2) Transferencia electrónica.
Tabla de Ajuste: revisión al mes 11 de vigencia. Durante el mes 11 de vigencia se revisará la siniestralidad del negocio, y de acuerdo al Loss Ratio (LR) se aplicará la variación de primas.
1ª renovación: Se calculará el ratio (LR) de 10 meses de siniestros pagados + factor de OYNR 16% sobre las primas pagadas de salud y dental.
2ª renovación y más: Se calculará el ratio (LR) de 12 meses de siniestros pagados sobre las primas pagadas de salud y dental.
| Siniestralidad (año 1: 10 meses / >2 años: 12 meses) | Incremento de Primas — Cobertura Salud + Dental |
|---|---|
| Menor a 70% | 0% |
| 70% – 74% | 4% |
| 75% – 79% | 12% |
| 80% – 84% | 19% |
| 85% – 89% | 26% |
| 90% – 94% | 33% |
| 95% o más | Evaluación Cía. |
LR = (siniestros pagados + en proceso + liquidados y no pagados + factor OYNR 16% [Aplica solo a 1er año] ÷ Primas)
Al ingresar a la póliza, todos los asegurables deberán estar en buenas condiciones de Salud (no podrán estar hospitalizados).
Serán asegurables todos los empleados, con contrato indefinido que no estén haciendo uso de licencias médicas y que desempeñen activamente las funciones propias de sus cargos.
Para la contratación del seguro Bupa Pymes, se requiere no haber tenido un seguro complementario de salud para tus colaboradores en los últimos 6 meses, desde la presente cotización.
Los grupos no asegurables son: asociaciones médicas, prestadores de salud, miembros de FF.AA., ejército, senadores o diputados, deportistas profesionales, asegurados con riesgos agravados de mina subterránea, manejo de explosivos, guardias con porte de arma, empresas de aviación, marítima, entre otros.
Para las personas que soliciten su incorporación, la Compañía podrá limitar la cobertura, según las patologías y condiciones especiales de suscripción declaradas por el asegurable al momento de solicitar su ingreso al seguro para la cobertura catastrófica, vida y sus adicionales.
Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia en cada una de las coberturas, serán excluidos en la renovación del contrato.
Los asegurables deberán optar al seguro dentro de un plazo máximo de 30 días contados desde la fecha que califican para ingresar a la póliza y su vigencia regirá el primero del mes siguiente a la fecha de su solicitud.
Este seguro SÍ CUBRE preexistencias sólo en Complementario de Salud y Dental (si aplica carencia en Dental).
La Cobertura en el extranjero se considera bajo las mismas condiciones del Seguro Complementario de Salud y sólo es válido para urgencias o emergencias médicas. Para Intervenciones y tratamientos en el extranjero se deberá solicitar evaluación y aprobación previa por escrito de la compañía aseguradora, siempre y cuando el tratamiento prescrito no sea otorgado dentro del territorio nacional, por no existir resolutividad.
Queda expresamente establecido que la aplicación del seguro vía I-Med no necesariamente implica la aceptación de la cobertura del diagnóstico que origina dichos gastos, de tal modo que en cualquier momento la compañía podrá restringir, limitar o excluir dicho diagnóstico por carecer de cobertura, en conformidad a lo establecido en las Condiciones Generales y Particulares del seguro.
Condiciones generales: Complementario de Salud / POL 320240014 · Adicional Dental / CAD 320240104.
La compañía que cubre el riesgo es Bupa Compañía de Seguros de Vida S.A. Las condiciones generales del Seguro Complementario de Salud se encuentran depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 320240014. Más de 43 millones de personas en el mundo confían en Bupa.
Arma el plan a medida de tu empresa. Nuestros asesores te contactarán a la brevedad.
Solicitar Cotización